Porque bien dicen que solo hay dos cosas seguras en la vida: la muerte y los impuestos. Esto es todo lo que tienes que saber para no andar sufriendo
Por Liliana Olivares
Toooodas las personas que generamos ingresos de una u otra forma estamos obligados a ciertas responsabilidades que tenemos que cumplir con el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Nos guste o no. Ganar dinero es grandioso pero también implica una gran responsabilidad que no te conviene dejar para después.
No todos son iguales
En México pagamos diferentes tipos de impuestos
-Federales
-Estatales
-Municipales
Los más comunes y que seguro has escuchado, son los federales, estos incluyen el IVA (Impuesto al Valor Agregado) y el ISR (Impuesto Sobre la Renta). Otro impuesto muy famoso es el predial, solo que ese viene por parte del municipio. Aquí te explico cada uno de los federales:
Impuesto Sobre la Renta (ISR): está asociado a los ingresos provenientes de actividades comerciales o de prestación de servicios, además aplica para personas físicas, morales o residentes en el extranjero.
Impuesto al Valor Agregado (IVA): uno de los impuestos más conocidos, el cual se genera al momento de comprar algún bien o servicio, de manera que el consumidor final lo absorbe.
Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS), que aplica en la comercialización o importación de bebidas alcohólicas, cervezas, tabaco, gasolinas y alimentos con alto contenido calórico.
Impuesto sobre Automóviles Nuevos (INSAN), que se atribuye a la compra, importación o venta de vehículos nuevos.
Y por último, los impuestos municipales son contribuciones en favor de los gobiernos locales, por ejemplo, están el predial, el impuesto para el mantenimiento y conservación de las vías públicas, el impuesto por alumbrado público, entre otros.
Quién, cómo y cuánto
Tenemos que empezar por saber que no es lo mismo declarar impuestos que pagar impuestos. Todos los que tenemos algún tipo de ingreso, debemos declararlo ante el SAT y eso puede causar que tengamos que pagar impuestos. Esto depende de varios factores, como del tipo de ingreso, es decir, cómo te ganaste ese dinero, cuánto ganaste, bajo qué régimen estás dado de alta ante el SAT, tablas mensuales del ISR, tu coeficiente de utilidad, etc.
Dependiendo del tipo de impuesto y tu régimen, debes pagar impuestos cada determinado tiempo (puede ser mensual, bimestral, trimestral o anual) y se pueden pagar en el banco vía presencial o transferencia con una línea de captura que te da el mismo SAT. Incluso algunos impuestos se pueden pagar con tarjeta de crédito y hasta a ¡meses sin intereses! No todos somos iguales, hay diferentes tipos de contribuyentes dependiendo de su actividad económica, te ayudamos a entenderlos.
Persona física
Es todo aquel individuo humano registrado ante la Secretaría de Hacienda. Para el SAT, que se encarga de la recolección de impuestos, las personas físicas realizan actividades que les generan ingresos como prestar servicios profesionales, realizar actividades comerciales o trabajar a cambio de un salario.
Las personas físicas se dividen por régimen:
Régimen de Asalariados: si recibes un salario y otras prestaciones por un trabajo que depende de un empleador, entras dentro de este régimen y la mayoría de las aportaciones las hace tu patrón
Régimen de Honorarios o Servicios Profesionales: es para los que prestan servicios profesionales de manera independiente a empresas, al gobierno o a otras personas físicas. No dependen de un patrón, por lo que sus contribuciones son a título personal y pagan sus impuestos por las actividades profesionales que realizan
Régimen de Actividades Empresariales: este régimen es para aquellos que realizan actividades comerciales, industriales, de autotransporte, de pesca, ganaderas o agrícolas
Régimen Simplificado de Confianza: este régimen entró en vigor en enero del 2022, busca motivarnos para formalizar nuestra empresa o actividad ante el SAT y la buena noticia es que pagaremos menos ISR. A grandes rasgos, se trata de pagar solo una tarifa fija muy baja y no sobre las utilidades, sino sobre lo facturado. Puede ser una buena opción para quienes andan irregulares
Régimen de Arrendatario: en este régimen de personas físicas caben los que obtienen ingresos por rentar sus bienes inmuebles. No es excluyente y se puede sumar a los otros
Persona moral
Para el SAT, las personas morales son la unión de una o más personas físicas con un fin determinado, por lo que ese equipo contrae obligaciones y derechos. Sin embargo, en esta categoría también se incluye a las personas no físicas que gozan de personalidad jurídica (pueden tomar decisiones), capital contable (dinero y medios de producción) y patrimonio (bienes raíces u otros), es decir, las empresas. Un aspecto fundamental de las personas morales con respecto a la forma en la que pagan impuestos, es que adquieren obligaciones según la finalidad con la que fueron creadas, es decir, si tienen fines de lucro o no.
De que tienes que pagar, tienes que pagar
Entonces, si trabajas en una empresa que hace todo por ti (¡qué paz!) realmente no necesitas un contador, solo de vez en cuando tendrás que ir al SAT para que puedan hacer tu declaración anual (dependiendo de tu salario). Peeero si tienes tu empresa o negocio y/o eres freelance, sí te recomendamos que te acerques a un profesional que se encargue de tooodos tus impuestos. De cualquier forma, te conviene estar al corriente, no quieres que te anden persiguiendo, ¿o sí?
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