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Por: David Larios
¿Tienes scooter o bici eléctrica? El reloj ya empezó a correr. Clara Brugada firmó el decreto que obliga tener placas, licencia y casco a partir de julio. Aquí los costos, las fechas y las multas que te puedes ahorrar si te mueves a tiempo.
Ya es oficial. El 5 de mayo, la jefa de Gobierno Clara Brugada firmó el decreto que modifica el Reglamento de Tránsito y la Ley de Movilidad de la CDMX para regular los scooters, bicicletas eléctricas y monopatines. A partir de julio, circular sin placas, sin licencia o sin casco tiene consecuencias reales. ¿Tienes uno de estos vehículos? Aquí va todo lo que necesitas saber.
El secretario de Movilidad, Héctor Ulises García Nieto, lo explicó directo: el objetivo es garantizar una mayor seguridad vial, evitar los constantes conflictos en vías confinadas y, sobre todo, tener certeza del número de vehículos que circulan en la ciudad. Hasta hoy, nadie sabe con exactitud cuántos hay.
Clara Brugada fue igual de clara en conferencia de prensa: “Esta regulación significa reconocer esta nueva realidad y establecer reglas justas, garantizar derechos, prevenir accidentes y la coexistencia con todas las formas de movilidad.” Y por si quedaba alguna duda, la jefa de Gobierno recalcó que la medida no tiene fines recaudatorios. El foco es la seguridad vial.
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La clave está en la velocidad. Si tu scooter o bici eléctrica supera los 25 km/h, necesitas placas, tarjeta de circulación y licencia. Si no llega a esa velocidad, solo necesitas un holograma oficial de la SEMOVI para poder circular.
La SEMOVI los divide en dos categorías:
VEMEPE (Vehículo Motorizado Eléctrico Personal) — los que superan los 25 km/h y tienen motores de entre 250 watts y 1.34 caballos de fuerza. Necesitan placas, tarjeta de circulación y licencia tipo A1 o A2. Se dividen en dos tipos según su peso:
VEP (Vehículo Eléctrico Personal) — bicicletas eléctricas con motor asistido que no rebasan los 25 km/h ni los 35 kg. Quedan exentas de placas y licencia, pero deben portar un holograma oficial de la SEMOVI.
Para los que sí necesitan trámites, los costos son:
Si ya tienes una licencia tipo A1 o A2 vigente, no necesitas tramitar una nueva.
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Además de placas y licencia, la regulación establece restricciones concretas de circulación:
1 de julio de 2026. Los vehículos nuevos deberán llegar a tus manos con placas desde el punto de venta. Inicia también el periodo de regularización para quienes ya tienen uno.
1 de julio al 20 de noviembre de 2026. Plazo para que todos los vehículos que ya circulan se registren en la plataforma digital de la SEMOVI y tramiten su emplacamiento.
1 de septiembre de 2026. Arrancan las sanciones para vehículos nuevos que no porten sus placas.
20 de noviembre de 2026. Cierre del periodo de regularización. A partir de esta fecha, las multas aplican para todos sin excepción.
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Las multas se calculan en UMAS (Unidades de Medida y Actualización) y escalan según reincidencia:
La SEMOVI también anunció que los policías de tránsito podrían portar cámaras para hacer más transparente la aplicación de sanciones.
La SEMOVI habilitará una plataforma digital para los registros y trámites. Antes de julio, el gobierno llevará a cabo una campaña informativa dirigida a usuarios, empresas y ciudadanía en general. Mantente al pendiente de los canales oficiales de la SEMOVI (@LaSEMOVI) para conocer los pasos exactos del proceso.
En resumen: los scooters eléctricos en CDMX siguen siendo una de las formas más inteligentes de moverse en la ciudad. Pero a partir de julio tienen un costo de entrada que antes no existía. Mejor tramitar con calma desde julio que llegar a noviembre con multa encima. El reloj ya empezó a correr.
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